Modifica la NOM-006-PESC-1993: Aprovechamiento de todas las especies de langosta en las aguas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, así como del Océano Pacífico incluyendo el Golfo de California.

La presente Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-006-PESC-1993 que regula el aprovechamiento de todas las especies de langosta en las aguas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, así como del Océano Pacífico incluyendo el Golfo de California, se refiere a la captura de langosta puede mediante la utilización de trampas que permitan extraer a los organismos vivos y devolver a su medio natural a los ejemplares menores a la talla mínima establecida y a las hembras con hueva, disponiendo que cualquier otro equipo y/o método de captura requiere de la autorización de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, excepto el uso de ganchos y arpones, los cuales no pueden ser utilizados. Asimismo, dispone normas sobre temporadas y talla mínima de captura que para el golfo de México y mar Caribe será de 135 milímetros de longitud abdominal para la especie langosta pinta (Panulirus guttatus) y de 145 milímetros de longitud abdominal equivalente a 82.5 milímetros de longitud cefalo-torácica para la especie langosta caribe (Panulirus argus).

المكسيك · 1995-01-13