La presente Norma es de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto establecer los procedimientos, criterios y especificaciones técnicas y administrativas para el aprovechamiento sostenible, transporte y almacenamiento de tierra de monte y tierra de hoja, en terrenos forestales y de aptitud preferentemente forestal. Tierra de monte es el material de origen mineral y orgánico que se acumula sobre terrenos forestales y de aptitud preferentemente forestal. Para realizar el aprovechamiento de tierra de monte y tierra de hoja, el dueño o poseedor del predio correspondiente deberá presentar por escrito una solicitud de autorización, ante la Delegación Federal de la Secretaría en la entidad federativa correspondiente.
المكسيك · 1996-04-02