Resolución Nº 1.899 - Establece obligación de declarar la existencia de plaguicidas caducados.

La presente Resolución dispone que los importadores, fabricantes, distribuidores, revendedores, almacenadores y otros que, por cualquier circunstancia, mantengan o hayan mantenido existencias de plaguicidas de uso agrícola como consecuencia de lo cual se hayan producido plaguicidas caducados, deberán declarar al Servicio Agrícola y Ganadero las existencias que mantienen de estos plaguicidas caducados.

شيلى · 1999-06-28