El presente Real Decreto dispone que la distribución entre las Comunidades Autónomas de las cantidades de referencia que figuran en el anexo de la presente disposición se efectuara de acuerdo con los criterios de proporcionalidad ponderados, atendiendo a la modernización de las estructuras de las explotaciones, el tamaño de las mismas, la productividad, la competitividad y el objetivo de evitar desequilibrios territoriales y de proteger el medio ambiente.
إسبانيا · 2000-06-23