La presente Resolución expide las normas para implementar las enmiendas al Convenio SOLAS 74 y en especial disponer el cumplimiento del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (PBIP) a las compañías navieras y sus buques de tráfico internacional, a las autoridades portuarias, a los terminales portuarios privados, y a los terminales portuarios petroleros, que se encuentran bajo la jurisdicción marítima ecuatoriana.
إكوادور · 2003-08-21