Ley Nº 6.599 - Declara monumento natural provincial a algunas especies de animales silvestres y sus hábitats naturales.

La presente Ley declara monumento natural provincial a algunas especies de animales silvestres así como sus hábitats naturales, entre ellas el cóndor, choique, y guanaco. El artículo 2º establece la veda total y permanente de caza para tales especies. Prohíbe asimismo su tenencia en cautiverio, excepto para finalidades educativas, científicas, de subsistencia o de manejo sustentable, para lo cual se requerirá previa autorización del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas.

الأرجنتين · 1998-05-12