La presente Ley tiene por objeto el régimen aplicable a los establecimientos ganaderos, entendiéndose por tales los inmuebles rurales, cercados o no, que se destinen a la explotación, cría, mejora, engorde o pastoreo de cualquier especie de ganado (equino, bovino, mular, asnar, ovino, caprino o porcino). Entre las obligaciones de los propietarios, arrendatarios y poseedores de establecimientos rurales cabe destacar la de registrar las marcas, tatuajes u otras señales que se utilicen para la identificación del ganado así como las de protección de la sanidad animal. Asimismo, la Ley regula la comercialización del ganado, sus productos y subproductos.
الأرجنتين · 1997-11-13