El presente Decreto modifica el Reglamento para la regulación del transporte de combustibles, con la finalidad de otorgar una prórroga por tres meses para que todas aquellas personas físicas o jurídicas que posean unidades de transporte de combustible debidamente inscritas en el Registro Nacional de la Propiedad y que no tengan el permiso de operación y prestación del servicio público, puedan solicitar el permiso respectivo.
كوستاريكا · 2011-09-05