El presente Acuerdo establece normas para las unidades de producción dedicadas al aprovechamiento de las pesquerías en aguas marinas de jurisdicción federal frente a la costa oriental del Estado de Baja California Sur, en el corredor marino de San Cosme a Punta Coyote. Asimismo estas disposiciones se aplican a las embarcaciones mayores que operan en la zona mencionada. El Acuerdo establece que en las Zonas de Refugio no podrán llevarse a cabo actividades de pesca comercial, deportivo recreativa o de consumo doméstico de especies de fauna acuática.
المكسيك · 2012-11-07