La presente Resolución establece el listado de exigencias para los centros de cultivo y la determinación de su nivel de importancia a efectos de la clasificación de bioseguridad. Estas disposiciones se basan en el artículo 16 del Decreto Nº 49 de 2006, por el que el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura clasifica a los centros de acopio en bioseguridad alta y baja.
شيلى · 2014-03-17