Ley de Agua para el Estado de Aguascalientes.

La presente Ley del Estado de Aguascalientes regula la participación de las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de su competencia, en la realización de acciones relacionadas con la planeación, explotación, uso, aprovechamiento, preservación, recarga y reuso del agua, así como los servicios públicos de agua potable, alcantarillado y saneamiento. La Ley crea el Instituto del Agua del Estado (art. 4º) y define sus cometidos, que incluyen promover fomentar el uso eficiente y preservación del agua, y la creación de una cultura del agua como recurso escaso y vital, y asesorar a los usuarios de riego con el objeto de propiciar un aprovechamiento racional del agua. Entre las cuestiones introducidas por la última reforma de 2022, destaca el reconocimiento del agua como derecho fundamental, elemento indispensable para la existencia humana y como una condición previa para la realización de otros derechos. El artículo 3.A obliga a las autoridades a garantizar tal derecho fundamental, en particular para aquellos en situación de vulnerabilidad o marginalidad. Por su parte, la reforma de 2019 define el objeto y contenido del Plan Hidráulico para el Estado de Aguascalientes y el funcionamiento del Instituto del Agua del Estado.

المكسيك · 2000-07-19