El presente Decreto Supremo modifica el Reglamento de la Ley que crea el Fondo de Desarrollo Socioeconómico del Proyecto Camisea (FOCAM), respecto a la utilización de los recursos del FOCAM por las universidades públicas, que deberán utilizar los recursos captados para proyectos de investigación científica y/o tecnológica así como para infraestructura y equipamiento para dichos fines de investigación, privilegiando aquellos estudios relacionados con: 1) Preservación de la biodiversidad y el ecosistema de la zona de influencia del Proyecto Camisea; 2) Identificación y desarrollo de las potencialidades económicas de la zona de impacto del Proyecto Camisea; 3) Salud pública y prevención de enfermedades endémicas; 4) Utilización eficiente de energías renovables. La inversión en infraestructura y equipamiento por las universidades no será mayor del cincuenta por ciento de los recursos que ellas perciban. No se considera inversión en infraestructura y equipamiento por las universidades públicas el pago de remuneraciones o retribuciones de cualquier índole similar.
بيرو · 2016-10-12