El presente Resuelto modifica los requisitos fitosanitarios para la importación de cebollas (Allium cepa) frescas o refrigeradas para consumo humano y/o transformación originarias de Holanda, que deben estar amparadas por un certificado fitosanitario expedido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen. El importador está obligado a verificar el Registro de las compañías exportadoras de Holanda que ya han sido registradas ante las autoridades fitosanitarias de ese país para exportar bulbos de cebolla fresca a Panamá, y que aparece en la página web de la Autoridad Panameña de Sanidad de Alimentos (AUPSA).
بنما · 2016-01-29