La presente Resolución expide el Instructivo para la Calificación y Registro de Auditores Técnicos Mineros a nivel nacional, que tiene como objeto establecer el procedimiento administrativo coordinado y uniforme para la calificación y registro de los auditores técnicos mineros por parte de la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM), quienes estarán autorizados para auditar los informes de producción, que deben presentar los titulares mineros en los términos del artículo 42 y artículo innumerado posterior del artículo 138 de la Ley de Minería. Podrán ser auditores técnicos mineros las personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el presente instructivo, y hayan sido certificadas por la ARCOM como tal. La Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) llevará el Registro de Auditores Técnicos Mineros en un sistema informático digital y manual, en el cual constará cronológicamente la inscripción de las personas naturales o jurídicas acreditadas por ARCOM, si no se cuenta con dicho sistema informático, la ARCOM a través de la Coordinación General de Regulación y Control Minero, llevará el registro de Auditores Técnicos Mineros en un libro foliado, en el cual constarán en orden cronológico las respectivas actas de inscripción.
إكوادور · 2017-03-15