Decisión Nº 878 - Estatuto Migratorio Andino.

La presente Decisión aprueba el Estatuto Migratorio Andino, que tiene como objetivo regular el derecho comunitario andino en materia de circulación y residencia de los ciudadanos andinos y sus familiares, así como de los residentes permanentes extracomunitarios. Se reconoce el principio de igualdad de trato y de oportunidades a todos los ciudadanos andinos dentro del espacio comunitario. En ningún caso los ciudadanos andinos serán sujetos de discriminación por razones de nacionalidad, raza, sexo, credo, condición social o de cualquier otra índole. Los Países Miembros de la Comunidad Andina (CAN) continuarán implementando el uso de la Tarjeta Andina de Migración (TAM), como instrumento de control migratorio, fines estadísticos y de información. Los Países Miembros, por intermedio del Comité Andino de Autoridades de Migración (CAAM), desarrollarán las coordinaciones necesarias para la efectiva aplicación de este Estatuto.

2021-05-12