Ley 18/2017 - de cooperación y desarrollo sostenible.

Esta ley se estructura en cuatro títulos, treinta artículos, tres disposiciones adicionales, una disposición transitoria única, una disposición derogatoria única y tres disposiciones finales. En el título I se recogen los aspectos generales de esta ley, como son el objeto; su ámbito de aplicación, en el que se incorporan los cinco ejes centrales de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible: personas, planeta, prosperidad, paz y alianzas/partenariado, y los principios para contribuir a su cumplimiento. En el título II se recoge la planificación, modalidades y órganos competentes de la política de cooperación internacional al desarrollo, estructurándose el mismo en dos capítulos. El capítulo I hace referencia a la planificación, modalidades, evaluación y transparencia; en el mismo se recoge la planificación de la cooperación (plan director cuatrienal y plan de acción anual), sus modalidades (bilateral, multilateral), sus instrumentos (económica, financiera y técnica, acción humanitaria y educación para la ciudadanía global, investigación y estudios del desarrollo, formación para el desarrollo sostenible y apoyo a redes e iniciativas de comercio justo); se establecen así mismo los criterios para la determinación de las prioridades geográficas, y finalmente la evaluación de las actuaciones; y el capítulo II hace referencia a la organización. Se crea el Alto Consejo Consultivo para el Desarrollo de la Agenda 2030, la Comisión Interdepartamental para la Cooperación Internacional al Desarrollo y el Consejo Territorial Sectorial para la Cooperación Internacional al Desarrollo, contemplándose el Consejo Valenciano de Cooperación Internacional al Desarrollo, así como el Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana, como órganos consultivos de participación y coordinación. Se determina, finalmente, la necesidad de la colaboración con otras administraciones y organizaciones de ámbito local, estatal e internacional. El título III está dedicado a los recursos disponibles y a los sujetos de la política de cooperación internacional al desarrollo. El mismo se estructura a su vez en dos capítulos; el capítulo I, relativo a los recursos, financiación y control, recogiéndose la posibilidad de generar crédito respecto de aquellas cuantías recuperadas por reintegros en virtud de sentencias judiciales firmes, y así mismo, la posibilidad de incorporar de forma adicional en los presupuestos del año siguiente los créditos no ejecutados del ejercicio anterior. En este capítulo se contempla, además, el régimen fiscal de las aportaciones efectuadas a organizaciones no gubernamentales y a proyectos de cooperación internacional al desarrollo. El capítulo II, relativo a los sujetos intervinientes en la cooperación internacional al desarrollo, recoge la fundamentación y definición de los agentes de la cooperación internacional al desarrollo, las ONGD, el personal cooperante profesional, el voluntariado y el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana. Igualmente, regula la participación de las cooperativas, las empresas, las asociaciones empresariales y las organizaciones sindicales de la Comunitat Valenciana en la cooperación internacional al desarrollo. El título IV, relativo a las infracciones y las sanciones, referencia su régimen jurídico, sus órganos competentes y su procedimiento a la legislación general en materia de procedimiento administrativo de las administraciones públicas. La ley acaba con tres disposiciones adicionales: compromisos presupuestarios, ayudas excepcionales y preferentes, e informe de previsión del cumplimiento del 0,7 %; una disposición transitoria, una disposición derogatoria y tres finales: autorizaciones al Consell, desarrollo reglamentario y entrada en vigor.

إسبانيا · 2017-12-14