Ley Nº 8.773 - Ley de protección de glaciares.

La presente Ley tiene por objeto la protección de los glaciares, con el objeto de preservar sus funciones como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas. Los glaciares existentes en el territorio provincial constituyen bienes de carácter público y su dominio corresponde al Estado Provincial como titular de los recursos naturales que se encuentran en su territorio. Se crea el Inventario Provincial de Glaciares, donde se individualizarán y caracterizarán todos los glaciares protegidos por esta Ley y en el que se incluirá toda la información necesaria para su adecuada protección, control y monitoreo. En los glaciares incluidos en el Inventario quedan prohibidas las actividades que impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance degradando sus funciones. Todas las actividades proyectadas en los glaciares incluidos en el Inventario estarán sujetas a un procedimiento de evaluación del impacto ambiental y evaluación ambiental estratégica, según corresponda conforme escala de intervención, previo a su autorización y ejecución, conforme a la normativa vigente y debiendo incluir en los respectivos estudios/informes de impacto ambiental un capítulo específico referido a los glaciares protegidos por esta Norma que como mínimo contenga lo establecido por el artículo 7º.

الأرجنتين · 2010-07-08