Ley de Cambio Climático para el Estado de Aguascalientes.

Esta Ley tiene tiene por objeto: I. Reglamentar las facultades que la Ley General de Cambio Climático otorga al Estado. II. Garantizar el derecho a un medio ambiente sano y establecer las bases para la elaboración y aplicación de políticas públicas con perspectiva de género, para la adaptación al cambio climático y la regulación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero. III. Regular las acciones para la mitigación y adaptación. IV. Reducir la vulnerabilidad de la población y los ecosistemas del Estado frente a los efectos adversos del cambio climático, así como crear y fortalecer las capacidades estatales de respuesta al fenómeno; V. Fomentar la educación, investigación, desarrollo y transferencia de tecnología e innovación y difusión en materia de adaptación y mitigación al cambio climático; VI. Establecer las bases para la concertación con la sociedad; y VII. Promover la transición hacia una economía competitiva, sustentable y de bajas emisiones de carbono. En lo no previsto por esta Ley y los ordenamientos específicos que señale, se aplicarán de manera supletoria y complementaria los ordenamientos federales y estatales en materia de cambio climático.

المكسيك · 2015-03-12