La presente Ley tiene por objeto la protección de la salud. Para tal efecto: I. Establece las bases y modalidades para garantizar el acceso a los servicios de salud proporcionados por el Estado; II. Determina los mecanismos para que las autoridades sanitarias locales participen con la Secretaría de Salud, en la prestación de los servicios de salubridad general a que se refiere el artículo 3 de la ley general de la materia; III. Fija los lineamientos conforme a los cuales las autoridades sanitarias locales ejercerán sus atribuciones en la prestación de los servicios de salubridad general a que se refiere el artículo 13, Apartado B), de la Ley General de Salud; y IV. Determina la concurrencia del Estado y sus municipios en materia de salubridad local, en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado, la Ley General de Salud y demás disposiciones aplicables.
المكسيك · 2018-08-22