Código Civil del Estado de Zacatecas.

Las disposiciones de este Código regirán en el Estado de Zacatecas, incluyendo las que se refieren al estado civil y capacidad de las personas; se aplicarán y obligarán a los habitantes del propio Estado así como a los transeúntes, cualquiera que sea su nacionalidad, estén domiciliados o no dentro de su territorio. El Código consta de los siguientes Libros: I) Disposiciones preliminares; II) De las personas; III) De los bienes y de los derechos reales; IV) De las sucesiones; V) De las obligaciones. En tema de derechos reales, el derecho de propiedad es el derecho real por excelencia y confiere al titular el poder de usar, disfrutar y disponer de un bien de acuerdo con su naturaleza y sin perjuicio de los derechos de otras personas. En el Código Civil de Zacatecas, se establecen las siguientes características clave: el propietario puede usar el bien para el fin que este destinado; el propietario tiene derecho a disfrutar de los beneficios derivados del bien, como los frutos naturales, civiles o industriales que produzca; el propietario tiene la facultad de vender, arrendar, ceder, hipotecar, o enajenar el bien, siempre y cuando no se viole la ley; el derecho de propiedad puede estar sujeto a limitaciones, como el respeto a los derechos de los demás, el cumplimiento de normas urbanísticas o medioambientales, o la regulación de la propiedad en áreas de uso común. Se regulan también la servidumbre, la posesión (y usucapión), el usufructo y la hipoteca.

المكسيك · 1986-01-01