Decreto Nº 104 - Veda de tortugas marinas.

El Decreto establece un período de veda desde el 1 de mayo al 30 de septiembre de cada año para la recolección y venta de huevos de tortugas marinas. Prohíbe la captura en forma absoluta de las especies Chelonia mydas, Caretta caretta y Lapidochelys olivacea.

Panama · 1974-09-04