La presente Orden tiene por finalidad el establecimiento de las condiciones aplicables a las capturas de tiburones al objeto de controlar el esfuerzo de pesca ejercido sobre esta especie y asegurar el máximo aprovechamiento posible de la captura. Estas condiciones serán de aplicación a todos los buques españoles en aguas sometidas a soberanía o jurisdicción nacional, en aguas de otros Estados y en alta mar, así como a buques de países terceros en aguas españolas.
Spain · 2002-05-13