Ley Nº 244 - Ley de pesca.

La presente Ley tiene por objeto regular la actividad pesquera provincial, y quedarán sometidos a lo dispuesto en la misma: a) los actos de pesca ejercidos en aguas de costa marítima, fluviales, lacustres y riberas comprendidas dentro de la jurisdicción provincial; b) el fomento y la promoción de las actividades comerciales, industriales y deportivas derivadas de la extracción y cultivo de los productos hidrobiológicos; c) el ordenamiento de las personas físicas y jurídicas que en ellas intervengan. A los efectos de la presente se considerará materia de pesca y/o cultivo a todo producto hidrobiológico que tiene su hábitat en el agua, o transitoriamente fuera de ella durante el flujo y reflujo de mareas.

Argentina · 1995-09-05