Decreto Nº 197 - Establece límite máximo de captura provisional por armador en unidad de pesquería Merluza de cola.

La presente Resolución establece los límites máximos de captura provisionales por armador, expresados en toneladas, para la unidad de pesquería de Merluza de cola (Macruronus magellanicus) en el área marítima comprendida entre el límite norte de la XI Región y el límite sur de la XII, por fracción y período.

Chile · 2001-04-19