Decreto Nº 205 - Establece límite máximo de captura provisional por armador en unidad de pesquería Congrio dorado.

El presente Decreto establece los límites máximos de captura provisionales por armador, expresados en toneladas, para la unidad de pesquería de Congrio dorado (Genypterus blacodes) en el área marítima comprendida entre los paralelos 47° L.S. y 57° L.S., por fracción y período.

Chile · 2001-04-19