El presente Decreto modifica el que establece los límites máximos de captura provisionales por armador, expresados en toneladas, para la unidad de pesquería de Jurel (Trachurus murphyi) en las III y IV Regiones, por fracción y período, en el sentido de sustituir el total febrero-diciembre y la fracción correspondiente al periodo mayo-diciembre.
Chile · 2001-08-08