Ley Nº 1.040 - Ley de Pesca.

La presente Ley reglamenta los actos de pesca ejercidos en las aguas jurisdiccionales de la Provincia de Misiones, con miras a asegurar la protección, conservación, restauración y propagación de todas las especies de la fauna íctica que temporal o permanentemente pueblen las aguas provinciales. Queda sometida a la presente Ley toda actividad destinada a la aprehensión y apropiación de peces, moluscos, crustáceos y organismos de la fauna acuática con fines tanto comerciales como industriales, deportivos o de consumo propio. Los artículos 19 y 20 se refieren a las licencias y permisos. El artículo 21 crea el Fondo de Protección y Conservación de la Fauna. Los artículos 26 a 33 establecen las sanciones a aplicar en caso de transgresión, quedando el procedimiento reglamentado por los artículos 34 a 37.

Argentina · 1977-01-01