Ley Nº 2.201 - Declara la necesidad de cierre de los programas de financiamiento con recursos públicos dirigidos a pequeños agricultores y productores campesinos.

Queda declarada la necesidad de cierre de los Programas de financiamiento con recursos públicos dirigidos a pequeños agricultores y productores campesinos de los bancos estatales liquidados, las unidades crediticias, financieras, fondos de las ex Corporaciones Regionales de Desarrollo y otras entidades o fondos públicos de financiamiento señalados en la presente Ley. El objetivo es habilitar a dichos prestatarios como sujetos de crédito en el sistema financiero nacional y promover el desarrollo económico y social de los mismos. Asimismo, se dispone la condonación de intereses corrientes y penales, multas, comisiones, costas judiciales, accesorios y capital de los créditos vencidos y en ejecución que no superen el monto indicado en el artículo 2º.

Bolivia (Plurinational State of) · 2001-05-18