Ley Nº 904/81 - Estatuto de las comunidades indígenas.

La presente Ley tiene por objeto la preservación social y cultural de las comunidades indígenas, su efectiva participación en el proceso de desarrollo nacional así como la creación de un régimen jurídico que les garantice la propiedad de la tierra y otros recursos productivos. El título primero introduce normas generales sobre las comunidades indígenas, en particular acerca del asentamiento de las comunidades indígenas: asentamiento en tierras fiscales (arts. 21-23); asentamiento en tierras de dominio privado (arts. 24-27). El título segundo se ocupa de la creación del Instituto Paraguayo del Indígena.

Paraguay · 1981-12-18