El presente Decreto se refiere al Programa Nacional de Residuos Biológicos en alimentos de origen animal, el cual funcionará en la órbita de la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. El Programa será dirigido y administrado por el Comité indicado en el artículo 2º.
Uruguay · 2003-09-03