Ley Nº 2.068 - Normas para el funcionamiento y gestión de obras hidráulicas y sistemas hídricos provinciales, destinadas al control de los excedentes hídricos.

La presente Ley tiene como objetivo asegurar el normal funcionamiento y la adecuada gestión de las obras hidráulicas y de los sistemas hídricos provinciales, construidas o a construirse, destinadas al control de los excedentes hídricos. A tal fin el artículo 2º dispone la subdivisión del territorio provincial en seis regiones. El artículo 3º prevé la creación del Comité de Regiones Hídricas, cuyas atribuciones se especifican en el artículo 14. Por otro lado, el artículo 15 establece las funciones de las Comisiones Asesoras y de Cooperación.

Argentina · 2003-09-04