Mediante el presente Decreto se establece un área de manejo y explotación de recursos bentónicos en el ámbito de la X Región, en un área inscrita en las coordenadas que se detallan en el artículo 1º. Podrán optar a esta área de manejo y explotación las organizaciones de pescadores artesanales legalmente constituidas.
Chile · 2006-04-03