Resolución Conjunta de la Comisión Administradora del Río de la Plata y la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo Nº 1/04 - Prohibición de artes de pesca de arrastre.

La presente Resolución prohíbe el uso de artes de pesca de arrastre de fondo aguas arriba de la línea establecida por los puntos geográficos Punta Piedras (RA) y Punta Yeguas (ROU), para proteger las concentraciones de reproductores de la especie corvina. La vigencia de dicha prohibición queda establecida del 1º de octubre al 31 de marzo de cada año.

2004-02-04