Resolución Nº 56 - Reglamento para el servicio de practicaje marítimo y fluvial en los puertos y terminales de la República.

La presente Resolución aprueba el Reglamento para el servicio de practicaje marítimo y fluvial en los puertos y terminales de la República y dispone que la Dirección General de la Marina Mercante y del Litoral (DIGMER) es la autoridad marítima y portuaria nacional encargada del control de las actividades marítimas y portuarias y constituye el órgano asesor técnico del Consejo Nacional de la Marina Mercante y Puertos.

Ecuador · 2007-07-30