Resolución Nº 8.505 - Condiciones para el reporte de accidentes de origen eléctrico.

La presente Resolución establece las condiciones para el reporte a través del Sistema Unico de Información (SUI), de accidentes de origen eléctrico que tengan como consecuencia la muerte o graves efectos fisiológicos en el cuerpo humano, por parte de los prestadores del servicio público domiciliario de energía eléctrica.

Colombia · 2008-04-07