En virtud de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Provincia del Chaco queda autorizado a gestionar ante instituciones provinciales y nacionales competentes recursos para la creación y conformación de un Campo de Investigación, Experimentación y Desarrollo del Cultivo del Arroz, como componente estratégico para mejorar la producción y productividad del sistema. Además, la Ley crea el Consejo Asesor del Cultivo de Arroz (art. 4º).
Argentina · 2008-06-04