La presente Ley declara de de interés público la explotación agraria realizada según los métodos ecológicos, es decir aquella producción agrícola que tenga como principio el mantenimiento en el tiempo de la calidad del suelo o su mejoramiento por medios naturales excluyendo explícitamente la utilización de fertilizantes sintéticos, pesticidas y reguladores del crecimiento.
Argentina · 2005-10-05