Estas disposiciones modifican el numeral 2.3 del artículo primero de la Resolución Nº 2.323 de 2011, el cual se refiere a los equipos y materiales con que deben contar los puntos de embarque y desembarque utilizados en la actividad de cultivo de especies salmónidas. Asimismo, disponen que las condiciones de manejo sanitario establecidas serán exigibles a partir del 1º de marzo de 2013.
Chile · 2012-02-07