La presente Resolución establece, con carácter obligatorio entre el 1º y 28 de febrero de 2014, la vacunación contra la fiebre aftosa de todas las categorías bovinas. Asimismo prohíbe la realización de eventos de concentración de bovinos (tales como remates feria y exposiciones) en el período comprendido entre el 1º y el 15 de febrero de 2014 inclusive.
Uruguay · 2014-01-21