El presente Decreto fija las líneas de base rectas de la República de Nicaragua, a partir de las cuales se medirán las distancias de su mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental en el Mar Caribe. Las líneas de base están determinadas por las coordenadas geográficas que constan en el Anexo 1. Las aguas situadas en el interior de las líneas de base establecidas, pasan a formar parte de las aguas interiores de la República de Nicaragua de acuerdo a lo establecido por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
Nicaragua · 2013-08-19