Las presentes disposiciones modifican las los artículos 24, 28, 29, 39, 43, 46 y Transitorio Segundo de las Disposiciones administrativas de carácter general, en materia de autorizaciones para el reconocimiento y exploración superficial de hidrocarburos. Las principales enmiendas tienen por objeto los criterios de prelación para el otorgamiento de las autorizaciones requeridas, los alcances de los derechos del autorizado (correspondiendo únicamente los asignatarios, contratistas o autorizados el derecho al aprovechamiento comercial) y el pago de contribuciones y aprovechamientos.
Mexico · 2015-04-10