La presente Resolución implementa algunas disposiciones sobre el Manejo integrado de desechos generados por buques, que abarca todos los desechos, incluidas las aguas residuales y los residuos distintos de los del cargamento, producidos durante el servicio del buque y que estén regulados por los anexos I, IV, V y VI del Convenio Marpol 73/78, así como los desechos relacionados con el cargamento según se definen en las directrices para la aplicación del anexo V del citado convenio. El ámbito de aplicación de la presente Resolución se aplica a: 1) Todos los buques mercantes, de turismo y/ o de recreo que se encuentren operando en las aguas marítimas jurisdiccionales colombianas y/ o atracados en instalaciones portuarias, marinas, astilleros, amarraderos y/ o en fondeo; 2) Todas las personas o empresas que se dediquen a recibir, recolectar, manipular, transportar, tratar o disponer de desechos/residuos generados por buques; 3) Todos los buques, barcazas o artefactos flotantes dedicados al almacenamiento y/ o transporte de desechos/residuos generados por buques.
Colombia · 2014-11-25