El presente Real Decreto tiene como objeto: a) regular el sistema de declaraciones obligatorias a efectuar por los fabricantes de leche líquida envasada de vaca; b) crear el Sistema de Información de Fabricantes de Leche Líquida Envasada de Vaca. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), de acuerdo con lo previsto en la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, llevará a cabo las actuaciones de control documental necesarias exclusivamente para comprobar el cumplimiento de las obligaciones establecidas y para asegurarse de la exactitud de las declaraciones recibidas, mediante la verificación de los datos en el marco del Plan de Control e Inspección de actuaciones de AICA, del que podrán ser objeto los declarantes. El Sistema de Información de Fabricantes de Leche Líquida Envasada de Vaca, es el sistema unificado que recoge la información de las declaraciones obligatorias de de los fabricantes de leche líquida envasada de vaca, y que estará integrado a través de su correspondiente módulo en INFOLAC.
Spain · 2016-04-15