La presente Resolución establece la cuota máxima de captura permisible del recurso bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoides) para el año 2016, en ciento veinte toneladas. Dicha cuota podrá modificarse en función a las condiciones biológicas y/o ambientales, previo informe del Instituto del Mar del Perú (IMARPE).
Peru · 2016-04-26