El presente Decreto Supremo modifica la norma sanitaria de moluscos bivalvos vivos, respecto a la necesidad de trasladar los costos que conlleven realizar las actividades de vigilancia sanitaria en las áreas de producción de moluscos bivalvos a la Autoridad Sanitaria (Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES), a fin de evitar el riesgo de incumplimiento del Cronograma de Controles Oficiales programados por dicha autoridad ya que será esta misma quien ejecute las actividades de vigilancia, lo cual garantizará la sanidad e inocuidad de los referidos productos a favor de los consumidores.
Peru · 2016-10-14