El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer disposiciones referidas a la determinación de la capacidad instalada de tratamiento de mineral diario autorizada en el título de la concesión de beneficio o en el de modificación de la capacidad instalada, para el caso de aquellos titulares de concesión de beneficio que se encuentren dentro de los alcances del régimen general de mediana y gran minería.
Peru · 2016-10-30