El presente Reglamento establece las normas de protección de los animales domésticos y fauna silvestre, en todas sus categorías animales, que provean de carne, pieles, plumas y otros productos en los establecimientos destinados a su producción industrial y sus productos, durante las etapas en que se mantengan en confinamiento, los locales comerciales establecidos para su compraventa, circos, parques zoológicos y lugares de exhibición de animales.
Chile · 2012-06-05