El presente Decreto Supremo modifica el Artículo 1º del que crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, en los siguientes términos: “Artículo 1.- Créase el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma como programa social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad y del nivel de educación primaria de la Educación Básica en instituciones educativas públicas. El Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019; dentro de dicho plazo, previa evaluación de impacto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social propondrá, de ser el caso, las medidas y/o modificaciones normativas necesarias para asegurar la ejecución y sostenibilidad del Programa.” El Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, se encuentra en proceso la evaluación de impacto, a fin de asegurar oportunamente la continuidad de sus actividades, evitando la afectación a su población objetivo beneficiaria y en cumplimiento de los objetivos del Gobierno en materia de reducción de la pobreza, lucha contra la anemia y desnutrición crónica, promoción de la seguridad alimentaria y nutrición, y el acceso universal a la educación pública gratuita y de calidad, resulta necesario ampliar su plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.
Peru · 2018-06-06