El presente Acuerdo reforma el segundo periodo de veda para el recurso pelágicos pequeños para el año 2018 establecido en el Acuerdo Nº MAP-SRP-2018-0019-A, en la siguiente forma: “Como medida precautoria, se extiende el periodo de veda biológica para la captura de peces pelágicos pequeños a 15 días adicionales, desde el 24 de noviembre hasta el día 8 de diciembre del 2018, con la finalidad de proteger a la población desovante, al ser especies vulnerables a los cambios ambientales y a la presión de la pesca. Durante este periodo de veda, todas las embarcaciones artesanales e industriales provistas con artes de pescas como red de cerco de jareta, chinchorro de playa y todas aquellas que captura peces pelágicos pequeños deberá permanecer en puerto durante el periodo indicado”. Se dispone mantener vigentes las demás disposiciones contenidas en el Acuerdo Ministerial Nº 47 de 2010.
Ecuador · 2018-11-22