La presente Ley tiene por objeto regular las causas de utilidad pública y los procedimientos de expropiación, ocupación temporal y limitación de dominio de la propiedad privada por el Estado. Entre las causas de utilidad pública se contemplan: la conservación de los lugares de belleza panorámica, de las antigüedades y objetos de arte, de los edificios y monumentos arqueológicos o históricos; la creación, fomento y conservación de parques.
Mexico · 2009-09-17